Inmuebles Patrimoniales en Abandono

INMUEBLES PATRIMONIALES EN ABANDONO

Diego Echevarría

El presente trabajo abordara el tema de los monumentos nacionales. Estos están a cargo y bajo la tuición del Consejo de Monumentos Nacionales, que depende a su vez del Ministerio de Educación. Existen diversas categorías de elementos de interés público que pertenecen y constituyen los monumentos nacionales, el trabajo se enfocara puntualmente al Título III de la ley de monumentos nacionales (parte en el artículo 9) que se refiere a las “construcciones, ruinas, y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular que por su calidad e interés histórico o artístico o por su antigüedad, sean declarados tales por decreto supremo, dictado a solicitud y previo acuerdo del consejo”.

El tema de investigación, entonces, toma fundamentalmente los inmuebles de conservación histórica, o monumentos nacionales, con un factor común, que pertenezcan a particulares o entes privados. Cabe decir que existen varios tipos de propietarios de inmuebles patrimoniales; el estado, de tipo eclesiástico, municipal y privados. Son estos últimos los que generan interés de ser estudiados, ya que aquí se genera conflicto, al comprometerse intereses de distintos entes, intereses públicos y privados.

Los intereses públicos, del consejo de monumentos nacionales, de cierta forma atienden la demanda sociocultural, de conservar nuestro patrimonio e historia. El propietario se ve en la obligación de conservar un bien propio para ese fin, ya sea estudios e investigaciones, comprender nuestro pasado y presente y de alguna forma conservar la huella que deja en evidencia la transformación de la ciudad, que crea conciencia y noción de historia de ciudad. Se conserva para el bien común y para el estudio público.

Desde este punto de vista se puede comprender como algo positivo, como algo necesario, y es en ese punto donde nace el problema. Porque ¿Quién financia los costos de mantención del inmueble? quien le devuelve el valor real al inmueble, si consideramos que este se devalúa ya que, según la ley de monumentos nacionales articulo 12, no podrá ser vendido, modificado, remodelado, sin el permiso otorgado por el Consejo. Ahora desde el punto de vista del propietario, se puede considerar casi como una desgracia, que su vivienda ingrese a monumentos nacionales, sobre todo si su ubicación es buena y el suelo se comprara a buen precio, o si se quisiera cambiar de uso, modificar y hacer más rentable el uso del inmueble.

Es importante destacar que la Ley de Monumentos Nacionales presenta contradicciones (ley 17.288 promulgada el 04.02.1970.) en el Titulo I, donde se hace la declaratoria de que son y cuales con los tipos de elementos que alcanza esta ley, dice; “Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del estado….” Sin embargo en el artículo 12 del título III, dice, “Si el monumento histórico fuere un inmueble de propiedad particular, el propietario deberá conservarlo debidamente….”

Las consecuencias de estas contradicciones se traducen en un progresivo deterioro de los inmuebles, algunas veces llegan hasta el abandono, ocasionando externalidades negativas en el entorno. (Ej. Palacio Pereira) Ahora si un inmueble patrimonial tuviese un problema en su estructura y esta fuera un peligro constante para su entorno, generando efectos negativos en el entorno urbano cercano, interrumpiendo flujos peatonales, vehiculares, generando espacios residuales, etc. este malestar urbano inevitablemente permanecería en el tiempo sin solución hasta su colapso de forma natural. (Ej. Basílica del Salvador)

1 comentarios:

29 de mayo de 2010, 12:04 Nicolás Vivar dijo...

Pienso que el enfoque patrimonial como problema de responsabilidades o de contradicciones en las leyes sobre la manera en que este debiera ser conservado, puede caer en un tópico demasiado manoseado por autores dedicados al tema, entonces, talvez seria bueno que conservaras el caso del Palacio Pereira y determinaras cuales son los efectos (no evidentes) que produce ese edificio en la ciudad desde su condición patrimonial, integrando nuevos factores como por ejemplo el cambio que toma la ciudad y como consecuencia de esto la transformación de las funciones de algunas áreas, como en los centros históricos, donde de territorios con actividad comercial y residencial jerárquica se convierten poco a poco en lugares abandonados, con nuevos usos, desplazamiento residencial, actividades de alto impacto, transeúntes sin techo, pobreza y deterioro urbano, etc

Talvez otra visión a incorporar en tu investigación seria ver esto desde el punto de vista en que los proyectos de conservación urbana que en ocasiones se reducen a una concepción patrimonialista concentrada en las cuestiones puramente morfologícas de la arquitectura y los emplazamientos urbanos que se desean conservar, olvidan que las unidades morfológicas no tienen sentido sin relacionarlas con prácticas de apropiación y usos. En este sentido talvez sea bueno que el Palacio Pereira lo vincules con otro edificio patrimonial del sector y detectar su influencia en ese tipo de hechos urbanos.

Saludos

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